La Unión del Personal Civil de la Provincia (UPCP)interpuso un Recurso de apelación contra la declaración de ilegalidad del Paro de Registro Civil y la Dirección de Catastro dictada por la Dirección Provincial del Trabajo y reclamo al Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad la devolución inmediata de los días de paro. Asó lo informó el representante del gremio, José Niz, quien aclaró que la medida comprende a los trabajadores del Registro Civil de la 1ra. y 2da Sección.
Los reclamos que efectúa la UPCP son:
1.- Aumento de bonificación y Dedicación del 12% pendiente por falta de funcionamiento de la Mesa Técnica constituida según conciliación obligatoria de fecha 16 de abril de 2012 ante la Dirección Provincial del Trabajo para llegar al 100% por dicha asignación.
2.- Devolución de los descuentos por los días de paro 10 y 11 de septiembre de 2012 efectuadas a los compañeros por reclamos que hasta el día de la fecha no se efectivizaron.
3.- Pago de la deuda por reajuste Programas Foco por los meses de marzo, abril y mayo de 2012.
4.- Aumento Salarial para precarizados para segundo semestre de $800 hasta tanto logren por orden de mérito su pase a planta.
5.- Pago de subrogancias pendientes al personal que desempeña dichas tareas.
6.-Rechazo de ingreso de personal precarizado, pasantes y cooperativas no encuadradas en la Ley 6655 para desempeñar funciones inherentes al personal de Registro Civil.
Afirmó Niz, que esta es una medida que tiene como fundamento reclamos de naturaleza sectorial, y remarcó que uno de los puntos se relaciona específicamente con descuentos de días de paro.
Al respecto, manifestó: “nuestra institución en defensa de los intereses individuales y colectivos de los trabajadores interpuso Recurso de apelación contra la declaración de ilegalidad del Paro de Registro Civil dictada por la Dirección Provincial y simultáneamente reclamó por ante el Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad la devolución inmediata de los días de paro, del mismo modo se procedió en el caso de la Dirección de Catastro.”
Nosotros sostenemos que el reclamo de los trabajadores no puede ser sancionado con descuentos o retenciones de haberes, porque el salario del trabajador tiene naturaleza alimentaria y no debe ser arbitrariamente descontado, concluyó