Multas a través del Sistema Inteligente de Control Vehicular
A tres días de que entre en vigencia el Sistema Inteligente de Control Vehicular en la ciudad de Corrientes, la Municipalidad dio a conocer recomendaciones para evitar infracciones y el “paso a paso” administrativo en caso de haber violado las normativas viales.
Por caso, hay que mencionar que aquellos que sean registrados cruzando un semáforo en rojo, según la última Tarifaria Municipal, podrían abonar entre 7.800 y 40 mil pesos en concepto de multa.
Superar los límites de velocidad (40 kilómetros por hora los camiones y 60 los autos) va de 2.900 a 29.000 pesos.
Una vez constatada la infracción y confeccionada el acta de comprobación por parte del nuevo sistema, el Juzgado Administrativo de Faltas Municipal procederá a notificar la infracción mediante cédula que será diligenciada por Correo Argentino.
El acta/cédula estará firmada por los funcionarios del Juzgado de Faltas habilitados al efecto, permitiéndose la firma digital y contará con una imagen del vehículo infractor, donde se observará el dominio (patente), con indicación de día, mes, año y horario de la infracción y de la disposición legal infringida.
La normativa autoriza el pago voluntario para las infracciones detectadas por medio de estos sistemas de control vehicular.
En la notificación de la infracción se dispondrá en la cuponera de pago voluntario dos fechas de vencimiento para que el infractor pueda optar (uno con el 50% de descuento para el pago voluntario y el otro del 25%).
En la misma notificación de la infracción el titular del vehículo será citado a audiencia ante el Juzgado de Faltas que entiende en la causa, donde tendrá la posibilidad de ejercer su derecho de defensa.
En caso de incomparecencia injustificada será considerada como circunstancia agravante, por lo que automáticamente será juzgado en rebeldía y el Juez dictará sentencia administrativa.
Las intimaciones o citaciones que se cursen al inculpado con motivo de la infracción de tránsito verificadas por el Sistema Inteligente, se harán en el domicilio que conste en la Licencia de Conducir o el último que figure en el DNI.
Cuando el conductor no hubiese sido identificado en el momento de la infracción, el domicilio que se tendrá en cuenta será el del titular registral del rodado utilizado en la comisión de la infracción, de acuerdo a la información suministrada por el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. En los supuestos de incomparecencia del infractor o si no se verificó el pago voluntario de la multa en los plazos previstos, el Juez de Faltas podrá dictar sentencia en rebeldía.
En cuanto a los medios de pago, descuentos y cuotas, el Juez tendrá la facultad de establecer los pagos en cuotas o consignar descuentos a los infractores, atendiendo a las circunstancias de cada caso en particular.(Epoca.com)