Desde enero de este año sólo uno de los padres o tutor de un menor podrá aplicar la deducción por hijo en el Impuesto a las Ganancias y se eliminan beneficios que alcanzan a quienes residen en provincias de la Patagonia y del noroeste del país.
La AFIP publicó este viernes en el Boletín Oficial la resolución 4286 en donde indica que desde este año solo uno de los padres o tutor de un menor podrá aplicar la deducción por hijo en el Impuesto a las Ganancias cuando antes podían hacerlo los dos.
En la misma resolución se avisa que a partir del 3 de septiembre 2018 y hasta el vencimiento del plazo previsto para la presentación del F. 572 web correspondiente al período fiscal 2018, los beneficiarios deberán actualizar la información respecto de las cargas de familia suministradas a través del servicio Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR.